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UITA solicita la convocatoria de la Comisión Paritaria para negociar el complemento de productividad y la incorporación de las mejoras del Acuerdo 13 de julio de 2018

La sección sindical de UITA ha solicitado al nuevo director gerente del SAE, Miguel Ángel Terrero, la convocatoria urgente de la Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo FAFFE ((único convenio del SAE en el que UITA tiene representación) con el fin de que se incorpore inmediatamente las mejoras del Acuerdo 13 de julio de 2018 y la negociación del complemento de productividad.

La circular aprobada por Hacienda el pasado mes de noviembre obligaba a todas las agencias a incorporar las mejoras del Acuerdo de 13 de julio de 2018 a cada convenio colectivo. Para este trámite, es necesario convocar a la Comisión Paritaria, encargada de la interpretación, aplicación y seguimiento del Convenio (artículo 7). Hay que recordar que este acuerdo supone una importante mejora en materia de conciliación laboral, personal y familiar (aumento de las semanas por paternidad o la bolsa de horas de libre disposición entre otras) pero también iguala condiciones laborales del personal de las agencias con la aplicación de los artículo 48 y 49 del EBEP (aumento de un día de vacaciones por antigüedad, aumento en días en el permiso por enfermedad, accidente o fallecimiento, por traslado de domicilio etc).

En este mismo sentido, animamos a los demás sindicatos firmantes del resto de convenios colectivos de la agencia SAE a solicitar la convocatoria de las correspondientes Comisiones Paritarias para incorporar el acuerdo.

Asimismo, UITA ha solicitado que en el seno de la comisión paritaria se negocie el complemento de productividad. Desde esta sección entendemos, que la literalidad del texto que aparece en el convenio colectivo (artículo 19.4) no se ajusta con la realidad actual, ya que el SAE no tiene beneficios económicos y por tanto ese complemento debe calcularse en función de otras condiciones. Además, reclamamos el pago de este complemento en el resto de convenios que también lo tienen recogido en convenio, sin acudir a la vía judicial. El contrato de gestión del SAE especifica que debe abonarse siempre que sea un derecho adquirido.

Por último, a través de una carta en la que solicitamos reunión con el director gerente para tratar todos los temas pendientes en materia de personal, hemos reclamado una rápida actuación en relación a la contratación del seguro de vida. Desde el año 2015 el sindicato UITA viene solicitando la contratación de la mencionada póliza, teniendo que acudir a los tribunales para reclamar este derecho recogido en el artículo 36 de nuestro convenio. En marzo de 2017 la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictaminó sentencia a favor de las pretensiones del sindicato UITA. Desde entonces, no se ha ejecutado la sentencia a pesar de los distintas notificaciones del juzgado. Por tanto, solicitamos se contrate de manera urgente este seguro, ya que en estos últimos años, son varios los compañeros que han fallecido sin, hasta el momento, sus descendientes hayan podido cobrar esta póliza.

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