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UITA-SANDETEL sigue sin un Catálogo de Puestos de Trabajo 

En la práctica supone una falta de criterios objetivos en los procesos de cobertura de vacantes laborales

UITA ha instado por escrito la pasada semana a la dirección de SANDETEL para que cumpla con lo que ya le ha sido requerido formalmente por la Administración andaluza: la elaboración de un Catálogo de Puestos de Trabajo. 

UITA-SANDETEL recalca que se trata de un documento esencial que viene reclamando desde hace muchos meses a la empresa pública dado que es el instrumento que, entre otras cosas, garantiza la objetividad en los procesos de cobertura de vacantes laborales

Mientras no exista un Catálogo de Puestos, cada departamento o unidad establece criterios propios y dispares, sin una referencia clara ni objetiva, lo que ha provocado una percepción generalizada de incoherencia y opacidad, al no existir un marco único y estable para la definición y provisión de puestos. 

UITA-SANDETEL denuncia también la opacidad sobre la tasa de reposición acumulada desde que entró en vigor el I Convenio Colectivo se maneja con un absoluto secretismo por parte de la dirección de la empresa, siendo un tema que afecta directamente a la plantilla, ya que tanto la carrera profesional como la masa salarial están estrechamente vinculadas al Catálogo de Puestos de SANDETEL.

No solo el Convenio Colectivo de SANDETEL, en vigor desde el 2021, especifica en su artículo 10 la necesidad del Catálogo de Puestos “que comprenderá, al menos, la siguiente información: denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los ámbitos funcionales, áreas y unidades a la que están adscritos y los requisitos básicos para su desempeño”, sino que la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en su disposición adicional vigésimo segunda obliga a todos los entes instrumentales a disponer de un Catálogo, como “instrumento para la identificación de los puestos de trabajo y las necesidades reales de efectivos, a través de parámetros objetivos y evaluables que faciliten las modificaciones que sean necesarias”.

UITA SANDETEL insta de nuevo a la dirección de la empresa a cumplir con los especificado en el artículo 10 de nuestro Convenio Colectivo. En un escrito que se ha hecho llegar esta semana a la dirección de SANDETEL, se insta también a que desarrolle un sistema de promoción de la carrera profesional.