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UITA pide a Regeneración que saque a los indefinidos no fijos de la OEPE tras la unificación de doctrina del Tribunal Supremo

La sentencia deja claro que las administraciones no pueden eludir los derechos de los trabajadores por la subrogación a una entidad pública

Diariamente se publican sentencias que vienen a reformular la figura y el alcance del indefinido no fijo. La última ha sido la sentencia 85/2022 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de unificación de doctrina que expresa de forma clara que los trabajadores de empresas subrogadas no pueden mermar sus derechos por pasar a una entidad pública.

Para UITA vemos fundamental esta sentencia porque supondría que el 80 o 90% de los trabajadores que están llamados a la futura Oferta de Empleo Público Extraordinaria (OEPE) no tuvieran que pasar por este proceso donde se pone en riesgo sus puestos de trabajo.

Esta propuesta se hizo en la reunión mantenida el 16 de febrero con Nuria Gómez, secretaría general de Regeneración, Racionalización y Transparencia, y con su equipo, en la que se puso de manifiesto la necesidad de reducir el número de afectados llamados a la OEPE, atendiendo a los últimos pronunciamientos judiciales y a las reglas marcadas por el Gobierno de la Nación en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de reducción de la temporalidad. Así pues, UITA considera que deben salir de la OEPE:

  • El personal laboral propio que accedió a la Administración Pública antes de la publicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), porque las reglas que condicionaron su contratación eran las que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores, y por tanto debe regirse por tal donde la figura del indefinido no fijo no existe.
  • El personal laboral propio que tenga una sentencia de “indefinido”, ya que la normativa estatal específica puestos ocupados por indefinidos no fijos y temporales.
  • El personal laboral propio declarado “indefinido no fijo” con sentencia de reconocimiento de carácter indefinido desde el inicio de su relación laboral en la entidad subrogante. Por tanto, tenía que haber sido incorporado como indefinido antes de la subrogación y no se hizo por incumplimiento de las obligaciones de la entidad subrogada.
  • El personal laboral propio que tenía contrato indefinido, es despedido y cuando se reincorpora, lo hace como indefinido no fijo. Véase el caso de los trabajadores de los consorcios UTEDELT.

Aún estando totalmente en contra de la OEPE como solución a los años de abuso de la temporalidad desde las distintas Administraciones, para UITA es fundamental reducir el personal afectado para que el proceso de estabilización se desarrolle de la manera más garantista posible y permita realmente una verdadera estabilización de los trabajadores y las trabajadoras.

Directrices generales para publicar las ofertas

La secretaría de Regeneración explicó a los responsables de UITA que la intención de dicha secretaría es elaborar unas instrucciones básicas que serán negociadas en el Grupo de Trabajo del Sector Instrumental creado a raíz del Acuerdo 17 de julio de 2018.

Desde UITA estamos en contra que se lleve a cabo la negociación en este grupo de trabajo, conociendo la posición que han mantenido los sindicatos mayoritarios (UGT,CCOO y CSIF) en referencia a este proceso. Hay que recordar a todos los trabajadores, que precisamente por estos sindicatos nos vemos ahora incluidos en este proceso. Aún así desde Regeneración, se han mostrado receptivos a recibir nuestras propuestas para adaptar al máximo las bases a la realidad de las agencias.

En este sentido, desde UITA hemos dejado claro que es fundamental que las agencias y sus representantes tengan suficiente margen de maniobra para adaptar las bases para que esa estabilización sea real, aunque entendemos que es necesario unas reglas generales como:

  • Restringir el acceso a los indefinidos del sector público andaluz. Este proceso no puede servir como promoción interna o como proceso de movilidad entre agencias, ya que para eso existen otros mecanismos. Además atentaría contra el verdadero objetivo de esta OEPE que es estabilizar los puestos vs personal.
  • Favorecer que la reserva de puestos para discapacitados pueda derivarse a la tasa de reposición o a la oferta de empleo público ordinaria para garantizar un proceso real de estabilización..
  • Buscar recursos para que los indefinidos no fijos o temporales opten solamente por su puesto y no por otros, para que no se produzca una pérdida de plazas en cascada.
  • Priorización del acceso a los planes formativos de las Agencias y su adecuación a las necesidades del personal afectado en este proceso.

Desde UITA vemos fundamental y así lo comunicamos, que cualquier proceso que no garantice que el personal afectado permanezca en su puesto de trabajo, generará cientos de demandas judiciales y cientos de miles de euros en indemnizaciones, con el consiguiente coste económico para las arcas públicas y sobre todo, fundamentalmente, una pérdida de un capital humano con experiencia, competencias y cualificación para la actividad desarrollada, que perjudica finalmente la calidad de los servicios. Es posible evitarlo y estamos convencidos que con voluntad política podemos reducir al mínimo el impacto de esta OEPE.

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