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¿Qué recoge la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad?

El pasado día 30 de diciembre de 2021 entró en vigor la nueva Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

La aprobación de esta Ley supone cumplir con el compromiso con la Comisión Europea de aprobar las reformas estructurales en el ámbito del empleo público necesarias para el primer semestre de 2021.

Desde UITA os presentamos un RESUMEN de la misma:

El artículo 2 delimita que las plazas para la estabilización de empleo temporal incluirán:
“Art. 2.1. Las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas, y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”.

El sistema de selección será el de concurso-oposición:

  • Con una valoración en la fase de concurso de un 40% de la puntuación total.En la fase de concurso se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate.
  • Pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios en fase de oposición
  • De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos.
  • Los plazos serán los siguientes:
    • Aprobación y publicación de las ofertas antes del 1 de junio de 2022.
    • Las respectivas convocatorias serán antes del 31 de diciembre de 2022.
    • Debiendo finalizar los procesos antes del 31 de diciembre de 2024.

Concurso de Estabilización Excepcional

  • La disposición adicional sexta prevé que las Administraciones Públicas convoquen, con carácter excepcional conforme a lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del Texto Refundido del EBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que:
  • Reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
  • Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Extensión del ámbito de aplicación de los procesos de estabilización
A las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.

Las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán prever para aquellas personas que no superen el proceso selectivo, su inclusión en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal específicas o su integración en bolsas ya existentes. En dichas bolsas se integrarán aquellos candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente, y no habiendo superado éste, sí hayan obtenido la puntuación que la convocatoria considere suficiente.

Inmediatamente después de la publicación en el BOE de la ley de estabilización, se publicó la OEP Extraordinaria de la Agencia de Medio Ambiente y Agua (Amaya), para estabilizar 710 plazas del Infoca. Aún no hay información sobre el procedimiento concreto que se va a seguir.

Tras este resumen, desde UITA tenemos que decir:

  • UITA siempre ha defendido la permanencia de todo el personal, a través de un acuerdo de estabilización sin necesidad de concurso oposición. Entendemos que en el caso del SAE, la OEP se convocaría a través de Concurso de Estabilización Excepcional pero seguiremos trabajando para conseguir nuestro acuerdo que garantice los puestos de trabajo de todos.
  • Desde UITA estaremos atentos y vigilaremos que la OEP de la Agencia SAE, ofrezca las máximas garantías para todos los trabajadores y trabajadoras, no descartándose las movilizaciones y las acciones legales oportunas para la defensa de los derechos de todo el personal propio del SAE. Consideramos que este tema es prioritario y deberá abordarse en el ámbito de la recién constituida mesa de negociación colectiva del SAE, por lo que instamos al resto de formaciones sindicales a actuar con la máxima responsabilidad.
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