La Dirección Gerencia de la Agencia Amaya ha determinado no proceder a la reclasificación profesional de los trabajadores que fueron declarados indefinidos no fijos por resolución judicial, el pasado año, tras recibir informe de la Consejería de Hacienda donde no se permite dicha promoción por considerar personal eventual a estos trabajadores.
Según ha comunicado el director gerente, Antonio Galán, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que ejerce un control exhaustivo en materia de personal, reconoce que el personal indefinido no fijo es eventual y por tanto no pueden optar a la reclasificación iniciada por la empresa hace varios meses tras encontrarse paralizada durante varios años.
Lo peor de esta situación, es que algunos de estos trabajadores afectados por esta decisión, llevan desempeñando sus funciones en la extinta EGMASA y ahora agencia desde hace más de una década, teniendo que recurrir a los tribunales hace varios años para poder regularizar sus contratos.
En este sentido, el sindicato UITA solicitará hoy mismo reunión urgente con la Consejería de Hacienda para tratar esta consideración además de contactar con los grupos políticos en el Parlamento al objeto de recabar apoyos ante los que «nos parece una decisión arbitraria y discriminatoria con un personal que se ha visto abocado a denunciar en los tribunales, haciendo uso de sus propios recursos económicos, para que se le reconozca un derecho que tenía en convenio. Tomaremos todas las acciones tanto judiciales como de otra índole para evitar esta situación», comenta el presidente de UITA.
Cumplimiento sentencia
Esta situación se ha producido a raíz de que la Dirección Gerencia de Amaya ha dictado resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sobre promoción profesional en el convenio colectivo de estructura corporativa.
Conforme a lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, ha publicado las listas provisionales de los trabajadores que han superado los requisitos marcados por el convenio colectivo de aplicación y que son necesarios para la promoción.
En 2011, la dirección de la Agencia decidió de forma unilateral la paralización de cualquier proceso de promoción, siendo los tribunales los que han obligado por sentencia a la reanudación de los procesos pendientes. En este sentido, el convenio colectivo y su desarrollo en acuerdos posteriores, marca un proceso de reclasificación anual, por lo que muchos trabajadores han visto reducida su promoción a un solo proceso una vez que se ha tenido que recurrir a la ejecución de sentencia.
Hay que recordar, que estas reclasificaciones afectan al personal adscrito al convenio colectivo de estructura corporativa, y que muchos trabajadores, aún cumpliendo los requisitos establecidos en el convenio, han sido excluidos de las reclasificaciones por ser indefinidos no fijos.