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El Tribunal Supremo anula una sentencia del TSJA contraria a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (AAIICC)

La Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo (TS) dicta Sentencia  Estimatoria con nº 6191/2011, del recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía y la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (AAIICC) y ANULA la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2011 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, contra la aprobación de los estatutos de dicha Agencia.

Esta sentencia es importante al ser la primera que se produce del Tribunal Supremo en relación a una de las Agencias involucradas en el proceso de Reordenación del Sector Público Andaluz, de hecho anula la primera sentencia del TSJA contra los estatutos de una Agencia. Esta sentencia es completamente opuesta a la doctrina asumida por el TSJA. Aunque por el momento sea sólo la Agencia de Instituciones Culturales, esperamos que no sea la última y que el resto que han de venir lo hagan en el mismo sentido.

El fallo descarta, por tanto, que se lesione el principio de igualdad y reconoce el «derecho» de los trabajadores integrados por la Junta de acceder y «permanecer promocionándose profesionalmente en el empleo público». De esta forma, el juez anula la sentencia impugnada -dictada por el TSJA- al entender que «ha lugar a los recursos de casación interpuestos» tanto por la Agencia como por la Junta de Andalucía

El fallo descarta que exista una lesión a los «derechos fundamentales»; ya que «no implica ninguna actuación dirigida a sustraerles puestos de trabajo determinados a cuya provisión, de otro modo, hubieran podido aspirar» y da reconocimiento de que «el personal de AAIICC ya tenía condición de empleado público» y no se ha tenido en cuenta en la sentencia del TSJA.

Y es aquí donde debemos y podemos incidir, los trabajadores y trabajadoras de los entes instrumentales de la Junta de Andalucía estamos aquí porque somos necesarios, y no ocupamos ningún trabajo que no hiciéramos antes de la Reordenación.

UITA recibe esta sentencia como una gran noticia para todos los trabajadores de la Agencias, y os animamos a seguir trabajando como hasta ahora venimos haciendo, con la profesionalidad que hemos demostrado a lo largo de tantos años.

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