Los compañeros y compañeras de la Agencia AMAYA, procedentes de la antigua Egmasa, han visto reconocida su condición de empleados públicos de pleno derecho gracias al pronunciamiento del Tribunal Supremo en su recientísima sentencia, dictada en recurso de casación 2012/2012 de 25 de septiembre de 2013, en el mismo sentido que las referidas a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, la Agencia Andaluza del Conocimiento y la Agencia Servicio Andaluz de Empleo.
En la sentencia, el Supremo desestima el recurso presentado por el CSIF contra el Decreto 104/2011 por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua y por el que se regulaba la subrogación de la Agencia en las relaciones jurídicas de Egmasa y la consecuente integración del personal laboral en dicha Agencia.
Igualmente, y como ya sucediera en las sentencias anteriores, el alto tribunal descarta que con estos procesos de integración,–acometidos al amparo del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores–, se lesione el derecho de los actores al acceso y promoción profesional en el empleo público y que tampoco existen signos de inconstitucionalidad en el proceso.
Sentencia Tribunal Supremo_Agencia Andaluza del Conocimiento
Sentencia Tribunal Supremo_Agencia Servicio Andaluz de Empleo
Sentencia Tribunal Supremo_Agencia Andaluza de Instituciones Culturales