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El juez da la razón a UITA y reconoce el derecho a la cobertura del seguro de vida del personal laboral propio de la Agencia SAE

La Sala de lo Social del TSJA en Sevilla ha dictado sentencia favorable a los intereses de los trabajadores defendidos por el sindicato UITA, en la demanda interpuesta frente a la Agencia SAE por la eliminación de la cobertura de vida, en el seguro colectivo del personal laboral propio de la Agencia.

Desde el año 2012, han sido varios los trabajadores y trabajadoras y sus supérstites que se han visto perjudicados por la decisión adoptada por la Agencia de no renovar la póliza y posteriormente no incluir esta cobertura en el seguro. La sentencia reconoce que lo establecido en el artículo 36 del vigente convenio colectivo no contradice lo estipulado en la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, cuyo artículo 28 referido a «Acción social y otras prestaciones», establecía que «no podrán realizarse aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguros colectivos de cualquier naturaleza que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación», por lo que no existe la limitación utilizada por la Agencia para rescindir el seguro colectivo contratado con dicha cobertura o incluirlo en el nuevo seguro. De hecho, la sentencia utiliza como constatación de esto las pólizas concertadas con esta cobertura de riesgo de las Agencias IDEA, RTVA o Andalucía Emprende o de los Diputados y el personal del Parlamento de Andalucía, como alegó el sindicato UITA.

La sentencia en su fallo declara la «obligación del Servicio Andaluz de Empleo de suscribir una póliza de seguros conforme a lo establecido en el artículo 36 del Convenio Colectivo, que incluya por tanto, como riesgos asegurados, todos los previstos en dicho convenio, en las cuantías que correspondan».

Desde UITA confiamos en la que Agencia no recurra esta decisión y acate la sentencia lo antes posible, teniendo en cuenta que han sido varios los años que los empleados han estado sin esta o incluso ninguna cobertura. En curso está también la reclamación interpuesta por UITA en el caso de la Agencia AGAPA por idéntico motivo y que se encuentra a la espera de juicio por lo que desde el sindicato se esperan los mismos resutlados

 

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